La Cámara Argentina de Anunciantes, conjuntamente con la Cámara que agrupa a los productores publicitarios, firmó el 3 de agosto pasado un acuerdo en el Ministerio de Trabajo de la Nación en relación al Convenio Colectivo de Trabajo para los actores en publicidad, después de arduas y prolongadas negociaciones con la Asociación Argentina de Actores.
En el acuerdo alcanzado se han logrado explicitar los derechos de los anunciantes a usar sus comerciales, sin las incertidumbres y limitaciones que se venían produciendo.
Así, se ha previsto expresamente, que al intervenir en un comercial el actor cede al anunciante el derecho a usar su imagen contenida en el film, por los plazos y para los países que se pacten, sin condicionamientos ni restricciones.
Asimismo, transcurrido el plazo inicial de un año, el anunciante puede renovar el contrato por los períodos en que quiera continuar utilizando el comercial, depositando las sumas que ya han quedado acordadas, entendiéndose que el actor deja prestado su consentimiento desde el inicio y por cinco períodos adicionales de un año.
A partir del acuerdo logrado, los anunciantes pueden también disponer la exhibición de sus comerciales en todos los países del mundo, pagando los porcentajes que ya se han fijado para cada uno de ellos, de modo de no requerirse tampoco para el uso del film en el extranjero, asentimiento del actor.
Respecto a los medios, el anunciante puede exhibir el comercial en todos los medios que elija, incluyéndose expresamente Internet en sus diversas modalidades, sin requerirse intervención alguna del actor, ya que también para estos casos se entiende ya dada su conformidad.
Además, se reconoce a los anunciantes el derecho a usar sus comerciales sin abonar suma adicional alguna al actor, tanto en su página Web, como en todos sus eventos institucionales, festivales, concursos de cine publicitario, jornadas o celebraciones de naturaleza no comercial.
Los acuerdos logrados modifican sustancialmente las condiciones de las contrataciones, porque posibilitan a los anunciantes prever los costos que les significará continuar usando una campaña exitosa o extender su uso a otros países en que puedan querer hacerlo, sin tener las complicaciones o dificultades que se producían en el pasado, para ubicar a los actores para que den su consentimiento o al no saber cuánto deberían abonarles para que lo hagan.
Desde ahora, los anunciantes pueden tener certeza en los costos por sus renovaciones o extensiones a otros países, y tendrán plena libertad para elegir las formas de tiempo y espacio en que lo programan, sin condicionamientos.
Cabe mencionar que se ha previsto un plazo de 60 días para elaborar un texto ordenado, para redactar un contrato tipo que evite cuestiones de interpretación, en el que se plasmen claramente todos los aspectos de la contratación y para acordar otros temas de menor relevancia, de modo de generar un marco legal que dé claridad y seguridad a las partes.
Se ha avanzado de este modo en el camino a dar certeza a los anunciantes en el uso de sus comerciales.
Celebramos haber logrado el acuerdo que ha permitido a la Cámara Argentina de Anunciantes alcanzar los objetivos que se había propuesto, de dar a sus asociados seguridad jurídica en el uso de sus piezas publicitarias aquí y en todo el mundo.
Por Silvia Romano
Asesora legal de la CAA