Ley 4827 CABA | Figuras humanas retocadas digitalmente

Toda publicidad estática difundida en vía pública, en la cual intervenga una figura humana utilizada como soporte o formando parte del contexto o paisaje que haya sido retocada y/o modificada digitalmente mediante programas informáticos, debe exhibir con tipografía y en lugar suficientemente destacado la siguiente leyenda: «La imagen de la figura humana ha sido retocada y/o modificada digitalmente».

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